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Qué es un anteproyecto y por qué no se puede saltar

«Mándeme unos planos para pedir la licencia» es la petición que se salta la etapa donde se decide todo. Qué es cada etapa del diseño, qué se entrega en cada una, y por qué cambiar de opinión cuesta cien veces más en obra que en un dibujo.

Gustavo Mejía Martínez5 min de lectura

Hay una petición que llega con frecuencia y que suena razonable: «mándeme unos planos para pedir la licencia». Lo que pide es el producto final saltándose las dos etapas donde se decide de verdad qué se va a construir.

No es un capricho de método. Es que una decisión cuesta muy distinto según cuándo se tome, y esa diferencia es lo que explica por qué el diseño está partido en etapas.

Las cuatro etapas

La única fuente colombiana que las define con precisión es una norma de honorarios de 1989 que ya no obliga —perdió su fundamento legal— pero que sigue siendo el vocabulario del oficio. Estas son sus palabras:

EtapaQué es, según la norma% del honorario
Esquema básico«Delineamiento general del proyecto», que puede hacerse incluso sin tener el terreno definitivo. Zonas, accesos, cómo se relacionan los ambientes7 %
Anteproyecto«La idea general del proyecto»: plantas, cortes y fachadas suficientes para entender el edificio, sin incluir planos para poder ejecutar la obrahasta 15 %
Proyecto arquitectónico«Toda la información necesaria para que la construcción pueda ser ejecutada correctamente». Detalles, especificaciones, coordinación técnica y trámitehasta 90 %
Supervisión arquitectónicaVisitas de obra, escogencia de acabados, dudas de interpretación de los planosel 10 % restante
Decreto 2090 de 1989, numerales 1.1.1 a 1.1.4 y 1.2.4.2. Los porcentajes son la referencia de la que sale casi cualquier propuesta de honorarios en Colombia, aunque hoy no sean obligatorios.

Para qué sirve exactamente

El anteproyecto existe para que usted pueda mirar y corregir antes de comprometerse. Es la primera vez que el proyecto deja de ser una conversación y se vuelve algo con dimensiones.

En él se resuelve, y todavía se puede cambiar sin costo:

  • Dónde se para la casa en el lote, y qué queda de patio.
  • Cuántos pisos, y qué va en cada uno.
  • Por dónde entra, y qué se ve al entrar.
  • De qué lado entra el sol y por dónde cruza el aire.
  • El tamaño real de cada espacio —que casi nunca coincide con el imaginado—.
  • Y el orden de magnitud del costo, que se puede estimar por área una vez hay volumen.

Lo que no hay todavía: detalles de carpintería, especificaciones de acabados, coordinación con estructura e instalaciones, ni nada con lo que un maestro pueda empezar a construir.

Por qué el orden importa: lo que cuesta cambiar de opinión

Esta es la razón de fondo, y es puramente económica.

Mover la cocina al otro lado…Qué implica
En esquema básicoRedibujar un diagrama. Una tarde
En anteproyectoRehacer plantas y cortes. Unos días
En proyectoRehacer detalles, especificaciones, y volver a coordinar hidráulica y eléctrica. Semanas, y se vuelve a pagar
Ya radicada la licenciaModificación de licencia: trámite nuevo, expensas nuevas, tiempo nuevo
En obraDemoler lo hecho y rehacerlo, con material perdido y cronograma roto
La misma decisión, cinco momentos, y un rango de costo que va de una tarde a una demolición.

Saltarse el anteproyecto no ahorra esa etapa: la desplaza a un momento en que es mucho más cara. Y con frecuencia a un momento en que ya no se puede cambiar y hay que quedarse con lo que quedó.

Quién paga las modificaciones

La norma lo resuelve con una distinción que evita casi todas las discusiones, y que conviene escribir en el contrato:

Salvo errores u omisiones del arquitecto, toda modificación al proyecto arquitectónico se cobrará a la entidad contratante.
Decreto 2090 de 1989, numeral 1.2.4.3

Si el arquitecto se equivocó, lo corrige él. Si usted cambió de opinión, lo paga usted. No es una cláusula abusiva: es la única forma de que un proyecto termine. Sin ella, cualquier diseño se convierte en una revisión infinita.

Qué sí trae el proyecto arquitectónico

Para dimensionar la diferencia, esto es lo que la norma exige del proyecto completo —y que el anteproyecto explícitamente no tiene—:

  • Planos generales de plantas, cortes y fachadas, en escala de obra.
  • Planos de detalle de carpintería, obras metálicas, escaleras, baños, fachadas, enchapes, cielorrasos y pisos.
  • Esquemas de desagües e iluminación — «sin incluir los cálculos y planos de ingeniería de las mismas», que son de otro profesional.
  • Especificaciones detalladas de materiales y acabados.
  • Coordinación de los planos técnicos. La norma acota el alcance: «la labor del arquitecto en este campo es solamente de coordinación».
  • La tramitación ante la autoridad competente.

Cuándo sí se puede empezar por otro lado

No todo proyecto necesita las cuatro etapas completas. Hay casos legítimos de camino corto:

  • Una remodelación menor sin cambios de distribución ni de estructura.
  • Un proyecto repetido del que ya existe un diseño probado y solo cambia el lote.
  • Una intervención de urgencia, donde el diagnóstico manda y el diseño es consecuencia.

Pero en obra nueva, o en cualquier proyecto donde haya que decidir cómo se va a vivir en un espacio, saltarse el anteproyecto es tomar la decisión más importante del proyecto sin haberla podido mirar.

Un apunte sobre los planos

Algo que sorprende a mucha gente y está en la misma norma: los originales son propiedad del arquitecto, y el anteproyecto y el proyecto «solamente pueden usarse en la construcción del edificio para el cual fueron elaborados».

Y si el contrato se cancela a mitad de camino, la norma es explícita: se paga lo ejecutado, y los planos parciales no pueden usarse para ejecutar la obra. No se puede pagar el anteproyecto, terminarlo con otro y construir con eso.

Todo esto se puede pactar distinto — pero hay que pactarlo por escrito, y antes.

Fuentes

  1. Decreto 2090 de 1989, honorarios para trabajos de arquitectura · Departamento Administrativo de la Función Pública · 13 September 1989
  2. Sentencia del 28 de agosto de 2020: el Decreto 2090 no es criterio obligatorio · Consejo de Estado, Sección Primera · 28 August 2020
  3. Ley 400 de 1997, normas sobre construcciones sismo resistentes · Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial · 19 August 1997

Quiero un diseño personalizado y no sé por dónde empezar.

Se empieza por cómo quiere vivir o trabajar, no por un plano. Ordenamos el programa, el presupuesto y los tiempos, y eso se convierte en algo que se puede mirar y corregir —volumetría, plantas, imágenes— antes de comprometerse con nada.